v Montos facturados en exceso durante la
emergencia serán devueltos al usuario. Usuarios comerciales o industriales que
no estén operando pueden solicitar suspensión de los servicios.
v Sunass está vigilando la correcta
facturación y fraccionamiento de recibos impagos emitidos durante la emergencia
para evitar cobros excesivos
La Superintendencia Nacional de
Servicios de Saneamiento (Sunass) publicó la resolución Nº 012-2020-SUNASS-CD,
que establece disposiciones extraordinarias relacionadas con los servicios de
saneamiento y el servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas
en el marco del estado de emergencia nacional, con el fin de asegurar la
continuidad del servicio y salvaguardar los derechos del usuario.
Una de las principales medidas de esta
norma es la devolución al usuario de posibles montos en exceso facturados
durante el estado de emergencia, debido a la aplicación del promedio histórico
de consumo.
Así, las empresas prestadoras que no
hubiesen realizado la toma de lecturas por efecto de las medidas de aislamiento
social dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus prórrogas, y que
hayan facturado en base al promedio histórico o asignación de consumo; al
reanudar la toma de lecturas deberán establecer el volumen efectivamente
consumido por el usuario, según determine la diferencia de lecturas existente
desde la última lectura anterior al aislamiento. Dicho volumen será prorrateado
entre el número de meses en que se facturó por promedio histórico o asignación
de consumo y el mes en el que se realizó la lectura.
En caso el volumen facturado por
promedio histórico excediera al volumen calculado por la diferencia de
lecturas, las empresas prestadoras deberán efectuar la devolución
correspondiente al usuario, a través de una nota de abono en el primer recibo
facturado por diferencia de lecturas. En caso contrario, en que sea menor, la
empresa prorrateará el exceso entre el número de meses que dure el aislamiento
social.
Es importante indicar que la regulación
vigente considera que, los usuarios comerciales e industriales que no están
operando pueden solicitar la suspensión de los servicios de agua potable y
alcantarillado, mientras dure el estado de emergencia.
La Sunass, en el marco de sus funciones,
está vigilando la correcta facturación y fraccionamiento de los recibos por
servicios de saneamiento para evitar que se realicen cobros excesivos a los
usuarios. En ese sentido, el presidente ejecutivo de la Sunass, Iván Lucich
Larrauri, manifestó que la Sunass ha programado realizar sesiones virtuales
orientativas con las 50 empresas prestadoras sobre la correcta aplicación de la
estructura tarifaria y la adecuada facturación, con la finalidad de que no
incurran en errores que afecten a los usuarios.
La finalidad es asegurar la continuidad
del servicio y salvaguardar los derechos del usuario.
Una de las principales medidas de esta
norma es la devolución al usuario de posibles montos en exceso facturados
durante la emergencia, debido a la aplicación del promedio histórico de
consumo. Al reanudarse la toma de lecturas deberá establecerse el volumen
efectivamente consumido.
El dato
Si el volumen facturado por promedio
histórico excediera al volumen calculado, las empresas prestadoras devolverán
lo correspondiente con una nota de abono.
Ello, con la finalidad de que no
incurran en errores que afecten a los usuarios.
La Sunass tiene a disposición de la
ciudadanía su plataforma de atención remota conformada por el Fono Sunass
(614-3180 y 614-3181), la línea gratuita 0800 00 121 (solo para provincias), el
correo electrónico sunass@sunass.gob.pe, así como sus redes sociales oficiales
en Facebook y Twitter.
Ahí pueden hacer llegar sus consultas o
reportar problemas que no están siendo atendidos oportunamente por las empresas
de agua y alcantarillado.
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