jueves, 28 de mayo de 2020

DEVOLVERÁN PAGOS EXCESIVOS DE AGUA POR COBROS EXCESIVOS DURANTE EMERGENCIA





v Montos facturados en exceso durante la emergencia serán devueltos al usuario. Usuarios comerciales o industriales que no estén operando pueden solicitar suspensión de los servicios.
v Sunass está vigilando la correcta facturación y fraccionamiento de recibos impagos emitidos durante la emergencia para evitar cobros excesivos

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) publicó la resolución Nº 012-2020-SUNASS-CD, que establece disposiciones extraordinarias relacionadas con los servicios de saneamiento y el servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas en el marco del estado de emergencia nacional, con el fin de asegurar la continuidad del servicio y salvaguardar los derechos del usuario.

Una de las principales medidas de esta norma es la devolución al usuario de posibles montos en exceso facturados durante el estado de emergencia, debido a la aplicación del promedio histórico de consumo.

Así, las empresas prestadoras que no hubiesen realizado la toma de lecturas por efecto de las medidas de aislamiento social dispuesto en el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus prórrogas, y que hayan facturado en base al promedio histórico o asignación de consumo; al reanudar la toma de lecturas deberán establecer el volumen efectivamente consumido por el usuario, según determine la diferencia de lecturas existente desde la última lectura anterior al aislamiento. Dicho volumen será prorrateado entre el número de meses en que se facturó por promedio histórico o asignación de consumo y el mes en el que se realizó la lectura.

En caso el volumen facturado por promedio histórico excediera al volumen calculado por la diferencia de lecturas, las empresas prestadoras deberán efectuar la devolución correspondiente al usuario, a través de una nota de abono en el primer recibo facturado por diferencia de lecturas. En caso contrario, en que sea menor, la empresa prorrateará el exceso entre el número de meses que dure el aislamiento social.

Es importante indicar que la regulación vigente considera que, los usuarios comerciales e industriales que no están operando pueden solicitar la suspensión de los servicios de agua potable y alcantarillado, mientras dure el estado de emergencia.



La Sunass, en el marco de sus funciones, está vigilando la correcta facturación y fraccionamiento de los recibos por servicios de saneamiento para evitar que se realicen cobros excesivos a los usuarios. En ese sentido, el presidente ejecutivo de la Sunass, Iván Lucich Larrauri, manifestó que la Sunass ha programado realizar sesiones virtuales orientativas con las 50 empresas prestadoras sobre la correcta aplicación de la estructura tarifaria y la adecuada facturación, con la finalidad de que no incurran en errores que afecten a los usuarios.


La finalidad es asegurar la continuidad del servicio y salvaguardar los derechos del usuario.

Una de las principales medidas de esta norma es la devolución al usuario de posibles montos en exceso facturados durante la emergencia, debido a la aplicación del promedio histórico de consumo. Al reanudarse la toma de lecturas deberá establecerse el volumen efectivamente consumido.

El dato

Si el volumen facturado por promedio histórico excediera al volumen calculado, las empresas prestadoras devolverán lo correspondiente con una nota de abono.

Ello, con la finalidad de que no incurran en errores que afecten a los usuarios.

La Sunass tiene a disposición de la ciudadanía su plataforma de atención remota conformada por el Fono Sunass (614-3180 y 614-3181), la línea gratuita 0800 00 121 (solo para provincias), el correo electrónico sunass@sunass.gob.pe, así como sus redes sociales oficiales en Facebook y Twitter.

Ahí pueden hacer llegar sus consultas o reportar problemas que no están siendo atendidos oportunamente por las empresas de agua y alcantarillado.

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