En marzo reciente Consejo de Derechos Humanos de la ONU
adoptó dos resoluciones significativas para garantizar el derecho humano a la
salud. La primera reafirma que el acceso de todas las personas a medicinas
asequibles, seguras, eficaces y de calidad es una condición para gozar del
derecho a la salud. Uno de los mecanismos que algunos países ya están
implementando para enfrentar el poder económico de las grandes empresas
farmacéuticas es a través de la compra pública.
Por contradictorio que parezca, las grandes empresas
farmacéuticas dan muy poca prioridad al derecho humano a la salud, a pesar de
que les corresponde un rol estratégico en este marco. Su meta principal es la ganancia, y como
trabajan en una industria cuyos clientes finales son de alta vulnerabilidad
–las personas con enfermedades– les da un margen mucho mayor que en otras
industrias para fijar precios exagerados.
Corresponde, entonces, a los Estados establecer los parámetros de operación
de estas empresas en aras del interés público y para garantizar el derecho a la
salud.
No obstante, los pequeños países en desarrollo tienen poca
capacidad de negociación frente a estas empresas, y si son parte de acuerdos
comerciales, se encuentran muchas veces con las manos atadas por medidas como
la extensión desproporcionada de los plazos de patentes o las garantías de
ganancias que las empresas pueden invocar en tribunales de arbitraje cuando
sienten sus intereses afectados por políticas públicas. Fue el caso del litigio
que presentó la multinacional tabacalera Phillip Morris contra Uruguay, cuando
ese país adoptó legislación para proteger la salud de los fumadores[1].
En este contexto, constituye un antecedente alentador que, en
marzo último, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU adoptó dos resoluciones
significativas para garantizar el derecho humano a la salud. La primera reafirma que el acceso de todas
las personas a medicinas asequibles, seguras, eficaces y de calidad es una
condición para gozar del derecho a la salud, considerando que ello podría
salvar millones de vidas cada año; y la segunda reconoce la necesidad de
fortalecer las capacidades de los Estados en materia de salud pública.
Estos acuerdos, adoptados además por consenso –lo que es poco
usual en estos temas–, constituyen un respaldo político, particularmente para
los países en desarrollo que buscan adoptar políticas para ampliar la
protección de su población. En tal
sentido, el Consejo de la ONU alienta a los países a utilizar las
flexibilidades ya disponibles bajo el acuerdo de la OMC sobre TRIPS (aspectos
relacionados con el comercio de los derechos de propiedad intelectual), para
reducir el costo de las medicinas.
El South Centre, en un documento de propuestas presentado a
un Panel de Alto Nivel sobre el Acceso a las Medicinas, de la ONU[2],
recomienda que: “Una manera efectiva para abordar la incoherencia en políticas
entre el derecho a la salud por sobre las reglas comerciales y los reglamentos
de propiedad intelectual (PI), consiste, en primer lugar, en afirmar la
primacía del derecho a la salud para todos, por encima de las reglas
comerciales y de PI. Alcanzar la buena salud y el bienestar es un objetivo,
además de ser un derecho humano, mientras que el comercio o la propiedad
intelectual son medios. Por lo tanto, la salud debe primar sobre el comercio o
la PI”.
La compra pública agregada
Uno de los mecanismos que algunos países ya están
implementando para enfrentar el poder económico de las grandes empresas
farmacéuticas es a través de la compra pública.
Centroamérica, por ejemplo, ya cuenta con un mecanismo común a través de
COMISCA[3], mediante el cual compra en conjunto unas 64 medicinas básicas, lo
que le da una mayor capacidad de negociación frente a las empresas
productoras. Este mecanismo se denomina
“compra agregada”.
Ecuador acaba de hacer lo propio, con la compra inicial de
326 medicamentos por subasta inversa (o sea, donde gana la oferta de menor precio),
para aprovisionar todo el sistema público de salud del país durante los
próximos dos años. Primero, el año
pasado, se realizó un análisis regional de los precios de todos los
medicamentos más esenciales, aquellos usados para el tratamiento de las principales
causas de muerte en la región, que reveló que una misma casa comercial vende el
mismo medicamento en diferentes países con variaciones de precios que pueden
llegar al 300% o incluso 600%. Santiago
Vázquez, Director General del Servicio Nacional de Contratación Pública de
Ecuador –SERCOP–, comentó a ALAI que ello se da porque, cuando las empresas
farmacéuticas ven la oportunidad de obtener mayor renta de corto plazo “lo han
hecho sin ningún miramiento… lo que vimos en América del Sur y América Latina
es una gran estrategia de control de poder del mercado”.
También la ONU y la Comisión Económica Europea han elaborado
informes que indican que las farmacéuticas establecen precios exorbitantes,
utilizando todo una red de mecanismos: pacientes, ONGs, medios de comunicación,
médicos, para direccionar la compra hacia ciertas marcas; por ello la ONU
recomiendo establecer mecanismos como procesos agregados de compra, señaló
Vázquez.
Cuando se les obliga a las empresas a competir en precios
para vender en cantidad, igual les interesa.
Más de 160 empresas participaron en la subasta ecuatoriana; entre ellas
27 latinoamericanas de las cuales 7 resultaron adjudicatarias. La compra significó un ahorro para el país de
320 millones de dólares. Lo novedoso de la
subasta ecuatoriana es que se realizó de manera totalmente electrónica y
automática, y en forma pública, lo que posibilita la veeduría social.[4] “Todos pueden ver los medicamentos que ha
comprado el Estado, su registro sanitario, el precio adjudicado”, informó el
funcionario.
No obstante, el director de SERCOP lamenta que ciertas
empresas se han empeñado en tratar de desvirtuar el proceso, en particular
criticando la inclusión de medicamentos genéricos, como si fueran de menor
calidad. La calidad no depende de un
patente, enfatizó. Más bien el proceso
de compra ha previsto un mecanismo de control de calidad de los medicamentos,
que, además del registro sanitario como requisito básico, incorpora una red de
laboratorios que reciben muestras aleatorias de parte de los organismos de
inspección, y cuyos resultados se publican en la Web.
En este sentido, destaca también como tema clave el rol de
los medios de comunicación en las compras públicas. Sercop ha expedido un manual de buenas
prácticas en contratación pública, con un capítulo específico para los medios,
que llama a un pacto social. Vázquez resaltó que Ecuador fue gravemente
afectado por un conflicto de intereses de un canal de televisión privado, que
hizo campaña durante seis semanas contra la subasta, con desinformación y
desequilibrio en la cobertura. “Cuando
se hacen los análisis del caso, resulta que hay un claro conflicto de interés
entre el canal, la periodista y el mundo farmacéutico, porque su familia tiene
relación directa con la venta de medicamentos al Estado”. Cuando SERCOP solicitó un recurso ante la
Superintendencia de Comunicación, fue tildado de atentado a la libertad de
expresión, versión que tuvo eco en medios internacionales. Por ello Vázquez insiste en que los medios de
comunicación clarifiquen si tienen o no conflictos de interés cuando se trata
de cubrir noticias sobre las compras públicos.
Entre tanto, Ecuador ha entregado a Unasur y su Consejo de
Salud (ISAGS) los resultados de su estudio de los precios de medicamentos en la
región, con la esperanza de poder concretar una compra de medicamentos a nivel
de América del Sur.
“Las empresas farmacéuticas, conocidos como los ‘big pharma’,
se han repartido el mercado mundial, y han indicado en qué continentes van a
aplicarse –comentó Santiago Vázquez–.
Tanto las ‘big pharma’ como las empresas locales de medicamentos a nivel
latinoamericano, ven a las medicinas como un negocio y no como un derecho. Frente a ello, la labor de los Estados es
equilibrar las condiciones para que los medicamentos se conviertan en un
derecho y no un negocio. Para eso, la
compra pública juega un rol fundamental”, concluyó.
Escrito por Sally Burch
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