jueves, 15 de diciembre de 2016

SEPA CUÁNTO DEBE PAGAR POR SU CONSUMO DE AGUA POTABLE



SEDAPAL y SUNASS aclaran que el cálculo del costo se realiza en función a la distinción entre cinco tipos de consumo

Desde que nos levantamos hasta que nos preparamos para dormir, la presencia y uso del agua potable es indispensable. Y aunque desde siempre escuchamos más de un truco, consejo o recomendación para evitar que nuestro recibo de fin de mes llegue con una sorpresa desagradable para nuestros bolsillos, lo cierto es que casi nunca estamos conformes con la tarifa que nos cobran.
¿Pero acaso sabemos que las empresas prestadoras de servicios (EPS) aplican un cobro diferenciado según el tipo de usuario?

1. MUCHO OJO: SON CINCO LOS TIPOS DE USUARIO
Como entidad encargada de normar, regular, supervisar y fiscalizar a las EPS en todo el país, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) aclara que las empresas de saneamiento manejan hasta cinco tipos de usuarios:
Los sociales y domésticos, que conforman el grupo de los ‘residenciales’, y los comerciales, industriales y estatales, que son catalogados como los ‘no domésticos’.
Solo en el caso de SEDAPAL figuran cerca de 2,1 millones de usuarios residenciales (1,86 millones de domésticos y 29.344 sociales), mientras que los no domésticos suman 201.168 (181.684 usuarios comerciales, 14.004 industriales y 5.480 estatales).

2. ¿CÓMO SE REALIZA LA FACTURACIÓN?
Para empezar, SEDAPAL –al igual que el resto de EPS– se rige por normas que regulan el cálculo del importe que debe facturar a sus clientes por el uso de los servicios de agua potable y alcantarillado.

Así, en la facturación de un recibo de agua –casi por regla general– aparecen de manera desagregada estos cobros:
·        volumen de agua consumida por metros cúbicos (m3),
·        servicio de alcantarillado,
·        cargo fijo e impuesto (IGV).

Como datos adicionales,  le detallarán cuál es su tipo de facturación:
·        (Por asignación o lectura),
·        La frecuencia (mensual),
·        El tipo de tarifa (que irá en relación con el tipo de usuario),
·        La categoría (residencial o no doméstico) y
·        La actividad (si se trata de un predio unifamiliar o multifamiliar).

Y, sumado a ello, le pueden cargar servicios sanitarios y complementarios o colaterales, incluyendo la solución de las incidencias y anomalías que se puedan producir durante el proceso de facturación.

3. ¿QUÉ PASA SI NO TENGO MEDIDOR?
Para aquellos usuarios que no cuenten con un medidor que determine su consumo final, las EPS aplican la llamada “asignación máxima de consumo”.

En este caso, el consumo a facturar por asignación se determina en función al horario, código de abastecimiento y clasificación distrital a la que corresponde, así como al uso que los usuarios le den al predio.

4. ¿CUÁNTO CUESTA EL M3 DE AGUA?
Considerando que la principal diferencia para la determinación de las tarifas es el tipo de usuario, actualmente el costo por m3 de agua más alto lo tienen los usuarios industriales y comerciales, a quienes se les cobra –en el caso de SEDAPAL– S/.8,61.

Le siguen los usuarios estatales con S/.5,71 por m3, en tanto que los clientes residenciales llegan a pagar S/.2,35.

5. LAS VENTAJAS DE UN USUARIO DOMÉSTICO
Considerando que el costo se ha determinado según el tipo de usuario, la SUNASS comparó los recibos facturados por SEDAPAL por un consumo mensual de 20 m3 de agua y comprobó  que los usuarios de las categorías comercial, industrial y estatal pagan más por el costo del servicio que los usuarios de la categoría doméstica.

Así, partiendo del costo por m3, los usuarios domésticos pagan S/.47,08 por un consumo de 20 m3, mientras que los estatales pagan S/.144,11.

Por su parte, los industriales y comerciales se colocan como los primeros de la lista, con un desembolso de S/.172,17 por 20 m3 de agua potable.

6. NUEVO AJUSTE TARIFARIO

A partir de julio empezo a regir el ajuste tarifario que aprobó la SUNASS en beneficio de SEDAPAL. De esta manera, la factura del agua aumentará –en el primer año del plan tarifario aprobado por la SUNASS para el período 2015-2020– entre S/.0,95 y S/.2,93 al mes a quienes registren consumos de hasta 17 m3.

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