EMPRESA QUE HIZO ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL ESTÁ IMPEDIDA DE CONTRATAR
CON EL ESTADO POR PRESENTAR DOCUMENTOS FALSOS TÍA MARIA
El Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado (OSCE) sancionó con 44 meses de inhabilitación para
contratar con el Estado a Geoservice Ingeniería S.A.C, empresa que realizó el
Estudio de Impacto Ambiental del proyecto minero Tía María, en Arequipa. La
compañía, según la resolución, presentó documentación falsa para acceder a la
buena pro de un contrato de servicios con la empresa estatal Activos Mineros
S.A.C. La sanción empezó en agosto de 2016 y terminará en abril de 2020.
La consultora Geoservice
Ingeniería S.A.C, que realizó el Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto
Tía María, está impedida de presentarse a procesos de selección y de contratar
con el Estado hasta abril de 2020 debido a que fue sancionada por el Organismo
Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE) con 44 meses de inhabilitación,
por haber presentado documentación falsa en el proceso de contratación para la
"Evaluación del cierre del túnel Pucará y elaboración de expediente
técnico de obras correctivas”, adjudicada por la empresa estatal Activos
Mineros S.A.C.
Convoca.pe accedió a la
Resolución N° 1744-2016-TCE-S1, del 27 de julio de 2016, mediante la cual se
inhabilitó a Geoservice Ingeniería S.A.C y Neotécnica S.A.C —compañías que
integran el Consorcio Túnel Pucará—, con 44
y 46 meses de inhabilitación, respectivamente, para ser seleccionadas o
contratar con el entidades del Estado. La sanción, según el portal de OSCE,
está vigente desde el 8 de agosto del mismo año, y finaliza, en el caso de Geoservice
Ingeniería S.A.C, el 8 de abril de 2020, mientras que en lo que respecta a
Neotécnica S.A.C, terminará el 8 de junio de ese año.
Parte de la Resolución N°
1744-2016-TCE-S1, del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE).
El origen
El 3 de noviembre del año 2015,
la estatal Activos Mineros S.A.C convocó a concurso para la contratación del
servicio de “Evaluación del cierre del túnel Pucará y elaboración de expediente
técnico de obras correctivas” con un valor referencial de 2 millones 144 mil
112 soles. El 24 de noviembre de aquel año, se presentaron las propuestas y el
30 del mismo mes se otorgó la buena pro a favor del Consorcio Túnel Pucará por
1 millón 929 mil 700 soles.
Semanas después, el 16 de
diciembre de 2015, la firma Consymin Ingenieros S.A.C comunicó ante la Mesa de
Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado que el Consorcio Túnel Pucará
"habría incurrido en la infracción a la ley al haber presentado documentación
falsa o información inexacta, en la propuesta técnica que presentó en el marco
del proceso de selección". El 28 del mismo mes, se admitió a trámite la
denuncia presentada, en la cual se le solicitó al consorcio una serie de
documentos que acreditasen la veracidad de los documentos puestos en duda por
la compañía denunciante.
Consymin Ingenieros S.A.C
solicitó —el 6 de enero de 2016— a la minera Volcán S.A.A confirmar la
veracidad de un certificado de trabajo emitido a favor del ingeniero Manuel
Augusto Delgado Santos, asimismo un día después solicitó confirmar la veracidad
de otro certificado de trabajo a nombre de Delgado Santos, esta vez a la
empresa Minera Interandina de Consultores S.R.L.
Cabe anotar que estos
certificados, supuestamente originales, fueron incluidos en la propuesta
técnica del Consorcio Túnel Pucará. Por otra parte, el 19 de enero de 2016 la
compañía denunciante solicitó al ingeniero Armando Tenorio Manayay la precisión
sobre si aceptó formar parte de la propuesta técnica presentada por el
consorcio para calificar en el concurso público convocado por la empresa
Activos Mineros S.A.C
A estos requerimientos, en primer
lugar, Volcán Compañía Minera S.A.A respondió por medio de correo electrónico
el 11 de enero de 2016 —posteriormente formalizando la respuesta el 5 de
febrero de 2016— que "tanto el
ingeniero Manuel Augusto Delgado Santos —a quien se le extiende el certificado
cuestionado—, así como quien lo suscribe —la señorita Hortencia Santa Cruz
Méndez—, nunca han laborado para su representada".
Lo mismo fue comunicado por
Minera Interandina de Consultores S.R.L - MINEC, quien indicó no haber emitido
certificado de trabajo a favor de Manuel Augusto Delgado Santos. Y por medio de
un escrito sin número, del 21 de enero de 2016, el ingeniero Armando Tenorio
Manayay precisó que nunca trabajó para Geoservice Ingeniería S.A.C, que tampoco
realizó ningún estudio de Gestión de Proyectos y que desconoce la firma que
supuestamente le pertenece, de la propuesta técnica del consorcio. Por último,
agregó "que la copia de la constancia de trabajo emitida por Geoservice
Ingeniería S.A.C, la copia del Diploma - MINEDU, copia del registro del
Diplomado - MINEDU y el certificado de estudios Diplomado - MINEDU, son
documentos falsos".
Debe destacarse que la Resolución
N° 1744-2016-TCE-S1 señala, respecto a la firma cuestionada atribuida a Armando
Tenorio, que luego de las pericias del especialista grafotécnico Luis Alfredo
Quispe Zúñiga, quien remitió el Informe Pericial Grafotécnico N° 2014-2’16-TCE,
se concluye que la rubrica es falsificada.
Parte de la Resolución N°
1744-2016-TCE-S1, del Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado (OSCE).
El contrato no firmado
El 29 de diciembre, el consorcio
conformado por Geoservice Ingeniería S.A.C y Neotécnica S.A.C remitió la
documentación solicitada un día antes por el Tribunal de Contrataciones del
Estado y solicitó 10 días hábiles para suscribir el contrato para el cual había
sido seleccionado ganador, debido a que uno de los consorciados contaba con el
Registro Nacional de Proveedores (RNP) solo para realizar “Consultoría en obras
menores”, cuando para llevar adelante el contrato se requería la especialidad
de “Consultores de obra”.
El 4 de enero de 2016, el
Departamento de Administración y Logística de OSCE comunicó al consorcio que en
los documentos presentados para la suscripción del contrato no se consignó los
nombres de todos los integrantes de la asociación empresarial y que tampoco se
cumplió con adjuntar el código de cuenta interbancario y la ficha RUC de
Neotécnica S.A.C, señalando que “en atención a ello se le otorgó 10 días
hábiles, a fin que presente el RNP de aquella [Neotécnica S.A.C], debiendo
consignar que posee una especialidad diferente a la de obras menores, bajo
apercibimiento de retirarle la buena pro".
Dicho plazo venció el 15 de enero
de 2016, sin que el Consorcio Túnel Pucará cumpliera con presentar la
documentación correspondiente para subsanar las observaciones y poder suscribir
el contrato. Cuatro días después, mediante la Carta N° 007-2016-AM/GAF/DAL la
empresa estatal Activos Mineros comunicó al referido consorcio la pérdida de
adjudicación por no "haber suscrito el contrato en el plazo previsto por
ley".
Actualmente, Geoservice
Ingeniería S.A.C, que elaboró el segundo EIA del proyecto Tía María —a cargo de
la empresa Southern Copper Perú—, presentado en noviembre de 2013, se encuentra
en "baja definitiva" desde el 31 de agosto de 2017, según el portal
web de SUNAT. Como se recuerda, tras la presentación del mencionado EIA, se
formularon 73 observaciones al documento a través del Informe N° 155 de la
Dirección de Asuntos Ambientales Mineros. El EIA elaborado por Geoservice
Ingeniería S.A.C es el que sustenta la realización del proyecto Tía María.
Convoca.pe trató de recoger la
versión de la empresa sancionada, pero hasta el cierre de esta nota
periodística no hubo respuesta al cuestionario enviado por correo electrónico.
Revisa la resolución aquí:
POR: Paúl Tuesta
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