miércoles, 12 de abril de 2017

CUANDO LA CORRUPCION SIGUE CAMPEANDO EN EL PAIS

El gremio empresarial y abogados saludaron la decisión de magistrados del Tribunal Constitucional que derogó el artículo 5 de la ley 29720


CÓMO OCULTARON EL MOVIMIENTO FINANCIERO DE MÁS DE 4 MIL EMPRESAS


Sin transparencia. Mientras hace un año se publicaba la investigación global Panama Papers, que acaba de ganar el prestigioso Premio Pulitzer, abogados y gremios empresariales lograron derogar el artículo 5 de la ley 29720 que obligaba a compañías que no eran reguladas por la Superintendencia de Mercado de Valores a hacer públicos sus estados financieros. Conozca quiénes son los personajes que consiguieron desaparecer esta exigencia legal y sus empresas offshore.

Interesado. Empresario Andreas von Wedemeyer fue presidente de SNI


MIGUEL GUTIÉRREZ R.

El pasado 5 de abril se cumplió un año de la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional que derogó el artículo 5 de la ley 29720 que permitía el acceso público a la información financiera de compañías que no se encontraban bajo la supervisión de la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV), antes denominada Comisión Nacional Supervisora de Empresas (Conasev). De esta manera, se negó a los ciudadanos la posibilidad de conocer los estados financieros, las utilidades, los accionistas y otra información relevante de empresas con ingresos anuales por venta de bienes o servicios iguales o mayores a 3 mil Unidades Impositivas Tributarias (S/ 10,8 millones en 2011).

Según el dictamen en minoría del Congreso que planteó a fines de 2011 no derogar el artículo 5 de la norma y la lista de empresas supervisadas por la SMV, más de 4 mil empresas serían beneficiadas de la eliminación de esta exigencia legal, entre las que figuraba la compañía minera Antamina. Una amenaza contra la transparencia que finalmente se consumó y se hizo pública con la sentencia del Tribunal Constitucional, paradójicamente, dos días después del lanzamiento de la investigación global Panama Papers, ganadora del Premio Pulitzer y que puso al descubierto, junto a un centenar de medios, entre ellos Convoca.pe, mecanismos de evasión y elusión tributaria de políticos, empresarios, criminales y compañías en el mundo a través de esquemas offshore creados por el bufete panameño Mossack Fonseca, cuyos dueños y principales ejecutivos están ahora presos por blanqueo de capitales en Panamá.


Derogado. El artículo 5 establecía que estados financieros de compañías debían ser de acceso público..
Asesor. Estudio de Natale Amprimo asesoró a Cámara de Comercio de Lima.

¿Cómo fue posible desaparecer esta exigencia legal en favor del secretismo?
ASÍ SE HIZO
Todo empezó con un proyecto de ley presentado por el Ministerio de Economía y Finanzas y que fue promulgado por el Congreso de la República en junio de 2011. La norma apuntaba —como bien dice su larga presentación— a la promoción de valores mobiliarios y fortalecer el mercado de capitales. Pero el artículo 5 no fue detectado por el radar empresarial durante su análisis y discusión en la comisión de Economía ni en el Pleno del Congreso. Recién una vez publicado en el diario oficial El Peruano, despertó la preocupación de los representantes de las grandes y medianas compañías que no presentaban información financiera a la entonces Conasev.

Artículos publicados por abogados del influyente Estudio Echecopar, que tiene entre sus socios y asociados a ex diplomáticos, ex ministros y directores de grandes empresas, llamarían la atención sobre ese punto. El 4 de julio de 2011, Javier Tovar Gil, socio principal de este mismo estudio jurídico y ex presidente de Conasev manifestó, en una columna de opinión publicada en la revista Semana Económica, que el referido artículo de la norma tendría un “efecto nocivo”. Dos meses más tarde, el 8 de setiembre, la abogada y socia del Estudio Echecopar, Inés Baca de la Piedra, se refería al artículo 5 como “la sinrazón de una norma” en el No. 57 de la revista Rumbo Minero.

En realidad, la abogada tenía razones poderosas para oponerse al artículo 5.

Según el perfil de Inés Baca, que aparece en la página web del Estudio Echecopar, la abogada asesoró entre 2010 y 2013 a China Fishery Group (CGF Investment SAC), una de las empresas que lidera la gran industria pesquera peruana. En 2010, Baca asesoró a CFG Investment en la adquisición de Pesquera Alejandría; al año siguiente a la compra del 100% del capital social de Negocios RAFMAR SAC. y Consorcio Vollmacht SAC. y en 2013 la adquisición de la pesquera peruana Corporación Pesquera Inca SAC., una de las más poderosas del sector.

En el mismo período de estas compras, CGF Investment SAC aparece relacionada con dos sociedades offshore creadas por Mossack Fonseca: Bluefield Overseas Corp. y Bluefield Holding Group inscritas en las Islas Vírgenes Británicas (BVI) desde 2010 según documentos de los Panama Papers a los que accedió Convoca.pe. En uno de los correos electrónicos entre los ejecutivos de la oficina de Lima y Panamá de Mossack Fonseca, la abogada figura como apoderada de la offshore Bluefield Overseas Corp. desde mayo de 2010 junto a otro abogado del estudio Echecopar, Jorge Ossio Gargurevich.

Convoca.pe se comunicó telefónicamente con el Estudio Echecopar para ubicar a Inés Baca y hasta el cierre de este reportaje no hubo respuesta. Javier Tovar Gil, quien también rechazó el artículo 5 de la ley 29720, figura como director y apoderado de sociedades offshore desde 2006, según los registros del estudio panameño. Convoca.pe ubicó a Tovar, quien respondió vía correo electrónico el 5 de abril que “no existe una relación necesaria” entre la ley 29720 y el empleo de sociedades offshore porque “empresas listadas como no listadas utilizan empresas offshore en función a sus necesidades”.

APOYO FUJIMORISTA

En forma paralela a las presiones del gremio empresarial para que se derogue el artículo 5, el congresista Octavio Salazar, del partido fujimorista Fuerza 2011, presentó un proyecto de ley el 21 de setiembre de 2011 para desaparecer esta exigencia legal argumentando que generaba “inseguridad a las empresas, accionistas y funcionarios, debido a que en un entorno de elevada inseguridad ciudadana pueden ser extorsionados para el pago de cupos, extorsionados o ser susceptibles de asalto [sic]”. La propuesta se aprobó en la Comisión de Economía el 2 de noviembre con el respaldo del legislador Carlos Bruce Montes de Oca, los fujimoristas Freddy Sarmiento y Cecilia Chacón, y Norman Lewis del Alcázar de Alianza Parlamentaria.

La polémica se agitó más con las voces de los representantes de la Asociación de Exportadores (Adex), la Sociedad Nacional de Industrias (SNI) y la Cámara de Comercio de Lima (CCL). Este último gremio expresó, en una carta enviada a la comisión de Economía del Congreso, que el artículo 5 “carece de sustento técnico, genera sobrecostos, pone en riesgo la seguridad de las empresas y lesiona la reserva de la información”. Reclamaban mantener absoluta reserva.

A pesar de las presiones, el artículo 5 no pudo ser derogado en el Congreso. En respuesta, la Cámara de Comercio de Lima (CCL), con Jorge von Wedemeyer a la cabeza, la Sociedad Nacional de Industrias y la Asociación de Exportadores (Adex) decidieron interponer una demanda de inconstitucionalidad. Para ello, contrataron al Estudio Amprimo & Flury Abogados cuyo principal socio, Natale Amprimo Plá, era el asesor legal de la CCL.

El abogado Eduardo Joo Garfias, del Estudio Amprimo & Flury Abogados, presentó la demanda ante el Tribunal Constitucional y la revistió como la causa justa de “más de cinco mil ciudadanos contra el Congreso”. Pero detrás existían otros intereses.

Jorge von Wedemeyer, de la Cámara de Comercio de Lima, aparecía vinculado a por lo menos a cinco sociedades offshore registradas en Islas Vírgenes Británicas y Panamá, junto con su hermano Andreas von Wedemeyer, ex presidente de la Sociedad Nacional de Industrias y también opositor al artículo 5 de la ley 29720.

Tres de estas compañías (Intergama Corp, Interbeta Corp y Ningo Center Ltd) figuraban como accionistas de Corporación Cervesur, cuyos propietarios son los Von Wedemeyer y las otras dos —Rocques Assets S.A e Inverna Corp— no aparecen registradas en la Bolsa de Valores como parte del conglomerado empresarial.

Los socios del Estudio Amprimo & Flury Abogados también solicitaron los servicios de Mossack Fonseca. De acuerdo con los registros hallados, Amprimo y su esposa Diana Abusada James son propietarios de la offshore Hayden Properties Development Corp., inscrita en Islas Vírgenes Británicas en julio de 2011.

El abogado Amprimo, al igual que el demandante, Eduardo Joo, reconocieron a Convoca.pe en respuestas enviadas vía correo electrónico, que la firma fue contratada por la Cámara de Comercio de Lima, SIN y ADEX “para patrocinar la acción de inconstitucionalidad que se promovió contra el artículo 5º de la Ley 29720”. Amprimo no respondió sobre su empresa offshore.

El otro socio del estudio es Hans Flury, ex vicepresidente de la Sociedad Nacional de Minería Petróleo y Energía y director legal de Southern Perú Copper Corporation. Flury también figura en los registros de Mossack Fonseca como presidente de la sociedad Pymer Trading INC, offshore inscrita en Panamá en 2007, tres años después de que dejara la cartera del Ministerio de Energía y Minas durante el gobierno de Alejandro Toledo.

Las gestiones del Estudio Amprimo & Flury Abogados tuvieron resultados: el 5 de abril de 2016, cinco magistrados del Tribunal Constitucional —Manuel Miranda Canales, Óscar Urbiola Hani, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada, Eloy Espinoza-Saldaña Barrera— votaron a favor de la inconstitucionalidad y ordenaron su derogatoria.

Al igual que la Norma XVI que daba la facultad a la Sunat de cobrar los impuestos que se dejaran de pagar si se detectaban “actos artificiosos” para aparentar menos ingresos en patrimonios personales o en las arcas contables de las empresas, el artículo 5 de la ley 29720 quedaba bloqueada por un sector empresarial que se sintió amenazado por los intentos de fiscalizar y hacer pública la información de los grandes negocios.

Convoca.pe

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