Desde conducir un auto en mal estado
hasta manejar ebrio y provocar un accidente: mira estas faltas muy graves del
reglamento de tránsito.
Si todavía no te has enterado de que
el Reglamento Nacional de Tránsito ha sido actualizado en abril de este año
tras el Decreto Supremo 003-2014-MTC y publicado por el Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, debes saber que uno de sus principales cambios
-para bien- es el endurecimiento de las sanciones por cometer infracciones muy
graves.
Así que chequea esta lista que hemos
preparado de las 10 multas de tránsito más severas en el Perú.
1.
M10. Abastecer de combustible un vehículo
del servicio de transporte público de pasajeros con personas a bordo del
vehículo.
Esto te debe de haber pasado una vez
en la vida siquiera y, bueno, en realidad no depende de ti. A esta infracción
le corresponde una multa del 12 % de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT)
(S/.3,800) y 50 puntos en el récord de conductor.
2.
M9. Conducir un vehículo con cualquiera de sus sistemas
de dirección, frenos, suspensión, luces o eléctrico en mal estado, previa
inspección técnica vehicular.
Este acto irresponsable tiene su
merecido con una multa del 24 % de una UIT, 60 puntos en el récord y, como
medida preventiva, remoción del vehículo.
3.
M8. Permitir a un menor de edad la conducción de un
vehículo automotor, sin autorización o permiso provisional.
Cuidado cuando le des clases de
manejo a un familiar menor de edad y lo mandes al ruedo a conducir solo. O le
des el carro al menor de la casa porque ya sabe manejar. La multa por esta
infracción es del 24 % de una UIT, 60 puntos en el récord y remoción del
vehículo.
4.
M7. Participar en competencias de velocidad en eventos no
autorizados.
Si te gusta la velocidad, puedes
participar de manera formal en los piques legales que organiza Cadepor.
Descarta correr en esos piques clandestinos si es que esta idea se te pasó por
la mente. La multa para esta falta muy grave es del 24 % de una UIT y 60 puntos
en el récord.
5.
M6. Estacionar en las curvas, puentes, túneles, zonas
estrechas de la vía, pasos a nivel, pasos a desnivel en cambios de rasante, pendientes
y cruces de ferrocarril.
Tú sabes donde no debes dejar parado
tu carro. Porque si lo haces la multa es del 24 % de una UIT, 60 puntos en el
récord y remoción del vehículo.
6.
M5. Conducir un vehículo con licencia de conducir cuya
clase o categoría no corresponde al vehículo que conduce.
Suele ocurrir, esperamos que no
incurras en esta falta porque el asunto se pone serio. La multa por esta
infracción es del 50 % de una UIT, suspensión de la licencia de conducir por un
año, 70 puntos en el récord y, como medida preventiva, retención del vehículo.
7.
M4. Conducir vehículos estando la licencia de conducir
retenida, suspendida o estando inhabilitado para obtener licencia de conducir.
Las personas que se creen avispadas
lo hacen en un acto deshonesto consigo mismos. Saben que es una falta muy
grave, pero no les importa. Son parte de la “cultura del vivo”. La multa es tan
severa como la de la M1: 100 % de una UIT, suspensión de la licencia de
conducir por tres años, si ésta estuviese retenida, o cancelación definitiva de
la licencia de conducir, si la licencia estuviere suspendida, más internamiento
del vehículo.
8.
M3. Conducir un vehículo automotor sin tener licencia de
conducir o permiso provisional.
Esta es otra “perla” del tipo que se
cree muy vivo. La multa es del 50 % de una UIT, inhabilitación para obtener una
licencia por tres años e internamiento del vehículo.
9.
M2. Conducir con presencia de alcohol en la sangre en
proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, bajo los efectos de
estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos comprobada con el examen
respectivo o por negarse al mismo.
Unas copas están bien, siempre y
cuando no manejes después. El castigo por conducir en estado de ebriedad es una
multa del 50 % de una UIT, suspensión de la licencia de conducir por tres años
e internamiento del vehículo.
10.
M1. Conducir con presencia de alcohol en la sangre en
proporción mayor a lo previsto en el Código Penal, o bajo los efectos de estupefacientes,
narcóticos y/o alucinógenos comprobado con el examen respectivo o por negarse
al mismo y que haya participado en un accidente de tránsito.
Y así llegamos a la infracción más
grave de todas y que, por supuesto, merece la sanción más ejemplar. Además de
las consecuencias penales que acarrea, si hubiese un herido u occiso, la multa
por esta falta es del 100 % de una UIT, cancelación de la licencia de conducir,
inhabilitación definitiva para obtener una licencia e internamiento del
vehículo.
Fotos utilizada de Youtube
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