Juan Carlos Ruiz Molleda
Juan Carlos Ruíz Molleda, abogado del
Instituto de Defensa Legal (IDL), hace un balance de los procesos de consulta
que se vienen llevando a cabo en el Perú. Ruiz
lamenta el papel que vienen asumiendo los organismos competentes en la
implementación de la consulta previa: “El Ministerio de Cultura y el
Viceministerio de Interculturalidad que es el órgano encargado de velar por el
cumplimiento y el derecho a la consulta, intercede y le pide a los magistrados
del TC que rechacen una demanda de una comunidad que simplemente se vio
invadida por titulares de concesiones”. A continuación la entrevista publicada
por Consultape.com:
“Detrás de una consulta no hay un
diálogo legítimo, sino la imposición del lado más fuerte”
Por Shia Inguil
- ¿A 6 años de la aprobación de la
Ley de Consulta (2011) cuál es el
balance en cuanto a su implementación?
Soy muy escéptico sobre la consulta
previa por varias razones. Por ejemplo, en materia minera, los principales
proyectos que están en territorio ancestral de comunidades no han sido
consultados. En Cusco, por ejemplo, el proyecto Antapaccay, a cargo de
Glencore; el proyecto Constancia de Hudbay; en Apurímac, el proyecto Las Bambas
a cargo de MMG. En los proyectos petroleros, las consultas que se han hecho son
muy cuestionadas. James Anaya, el anterior relator de las Naciones Unidas,
cuestionó por ejemplo la consulta del lote 169 y fue muy duro. Incluso en un
informe cuestiona y señala cuáles deberían ser los elementos mínimos que debe
tener un acuerdo de consulta.
- Usted ha mencionado algunos
proyectos que no han pasado por consulta, el caso del Proyecto Hidrovía que IDL
estuvo asesorando ¿cuáles fueron los cuestionamientos?
La consulta del proyecto Hidrovía se
realizó sin que los pueblos conozcan los impactos ambientales del proyecto, que
es dragar ríos amazónicos para que pasen barcos de mayor tamaño. Es decir no se contaba con el Estudio de
Impacto Ambiental (EIA). La causa es que dentro de la estructura de los
proyectos de inversión pública, el EIA se aprueba al final. O sea decidieron
sin saber los impactos, decidieron con los ojos cerrados. Y aquí hay un
problema de fondo: yo creo que la consulta es un mecanismo de diálogo, pero hay
que preguntarse antes si hay condiciones para el diálogo. Si no hay condiciones
de diálogo, si hay asimetría entre las partes, como el caso de Hidrovías, los
pueblos indígenas carecen de información sobre los impactos de este proyecto,
no hay diálogo, lo que hay es la imposición de la parte más fuerte, claro está
disfrazado de diálogo.
yo creo que la consulta es un
mecanismo de diálogo, pero hay que preguntarse antes si hay condiciones para el
diálogo. Si no hay condiciones de diálogo, si hay asimetría entre las partes
(...) no hay diálogo, lo que hay es la imposición de la parte más fuerte
- ¿Cuál es el impacto del Proyecto
Hidrovía a nivel de afectación de derechos indígenas?
Dragar ríos amazónicos afecta, por
ejemplo, la pesca. Los pueblos indígenas en el Marañón viven de la pesca, y
consideran al río Marañón sagrado y su territorio. Entonces si tu dragas,
generas turbidez, y esTo afecta lo que le llaman ellos el mijano, que es el
cardumen (concentración grande de peces). Si tú afectas la pesca, golpeas su
principal actividad económica, no solo para subsistir –porque pescan y lo
venden–, sino el 80 por ciento de las
proteínas la sacan del pescado. Entonces, cómo tú puedes decidir si no tienes
un EIA que te diga cuál es el impacto del dragado en los sedimentos, que son lo
que dan de comer a toda la cadena trófica. Insisto, hay que preguntarnos cuando
estemos al inicio de un proceso de consulta si verdaderamente hay condiciones
de diálogo. Si los pueblos no tienen suficiente información, hay asimetría, y
yo me preguntó, sobre qué base van a decidir los pueblos.
- ¿Qué papel viene asumiendo el
Viceministerio de Interculturalidad en los procesos?
Mi impresión es que se vienen
rebajando los estándares internacionales en materia de consulta previa. Uno
siente que no hay voluntad de consulta, es decir, voluntad de recoger la
opinión y las preocupaciones de los pueblos indígenas realmente, sino de
cumplir con un requisito burocrático. Cuando uno mira algunos procesos de
consulta, uno siente que detrás de estas no hay un diálogo legítimo, sino la
imposición del lado más fuerte, que es el Estado frente a comunidades pequeñas.
Detrás de la retórica del diálogo hay la imposición disfrazada de proyectos
extractivos. Entonces el papel que juega el Viceministerio de Interculturalidad
es muy lamentable.
El Ministerio de Cultura parece
funcionar a veces como una ventanilla más del Ministerio de Energía y Minas.
Un caso que es escandaloso es el caso
Arboleda, una comunidad en Puno, sobre cuyo territorio ancestral se impusieron
concesiones mineras. El caso ha llegado al Tribunal Constitucional (TC), el
Ministerio de Cultura se ha apersonado en el proceso y le ha pedido a los
magistrados del TC que rechace la demanda. Entonces el Ministerio de Cultura y
el Viceministerio de Interculturalidad que es el órgano encargado de velar por cumplimiento
y la implementación del derecho a la consulta, intercede y le pide a los
magistrados del TC que rechacen una demanda de una comunidad que simplemente se
vio invadida por titulares de concesiones. El Ministerio de Cultura parece
funcionar a veces como una ventanilla más del Ministerio de Energía y Minas.
- Desde el IDL se han presentado
también demandas en el tema de las concesiones mineras…
Cada año se expiden cinco mil
concesiones mineras, la mitad del territorio de comunidades campesinas tiene
concesión minera, y estas concesiones son expedidas de la manera más
clandestina. Ingemmet le entrega la concesión a una comunidad, pero nunca le
notifica, a la comunidad no le llega una notificación expresa; se publica un
recorte en el periódico oficial local que nadie lee, en idioma español, y sin
precisar cuáles son las comunidades afectadas, solo se precisa las cuadriculas
de las concesiones. Entonces las comunidades nunca se enteran. Todo se hace a
espaldas de ellas. Y el plazo para impugnar estas concesiones es de un año.
Entonces la forma de cómo se expiden concesiones mineras es clandestina, de
espaldas a las comunidades.
Nosotros apoyamos a varias
comunidades para que recurran a mecanismos institucionales, luego del Aymarazo,
quienes ya presentaron varias demandas. El caso Atuncolla, se gana y en segunda
instancia, la Sala Civil de la Corte de Justicia de Puno le ordena a Ingemmet
no volver a expedir concesiones mineras sin previa consulta. En el caso
Jatucachi se logró anular 13 concesiones mineras por no haber sido consultadas.
- El ex Ministro de Cultura, Salvador
del Solar, señaló en el Congreso que se han realizado 34 consultas previas
“exitosas”. ¿Qué opina al respecto?
23 años después de la entrada en
vigencia del Convenio 169 de la OIT y solo tenemos 34 consultas. En Colombia se
han realizado más de 4,000 consultas previas. Si uno mira el procedimiento para
pedir consulta, uno advierte que todo está hecho para que las consultas no se
realicen. Lastimosamente las consultas se vienen dando cuando son proyectos que
no ponen en peligro el modelo. No se consultan proyectos grandes como
Antapaccay, Glencore, tampoco HudBay, Constanza, zonas donde habitan comunidades campesinas y
no les han consultado.
Si uno mira el procedimiento para
pedir consulta, uno advierte que todo está hecho para que las consultas no se
realicen.
- Además de esta asimetría que
mencionas, ¿qué otros problemas se presentan en los procesos de consulta previa?
En el país falta voluntad política de
parte del Ministerio de Cultura para empujar la consulta. Hay mucho temor a
chocar con el Ministerio de Energía y Minas. Segundo, hay un problema en la
consulta y es el tema de asimetría. Hay que preguntarse siempre, ¿hay
condiciones de diálogo?; es decir, el Estado y las comunidades están en una
situación de asimetría. Cuando, por ejemplo, las comunidades no tienen la
suficiente información, no tienen el tiempo necesario, no tienen el nivel de
asesoría necesario y el Estado viene con todo su aparataje y mete presión y
pone plazos ajustados como lo hizo en Hidrovía Amazónica, eso no es diálogo,
eso es imposición.
No debe haber consulta si los pueblos
no tienen suficiente información sobre el
impacto de esos proyectos en su subsistencia, si no hay un EIA, si no hay un documento que les diga
¿sobre la base de qué van a decidir? El
EIA es clave porque ahí se juega la subsistencia de los pueblos. La ausencia de
EIAs objetivos también conspira y socava las posibilidades de consulta previa
correcta.
- Hay proyectos que vencieron los
contratos y las comunidades vienen solicitando consulta, sin embargo hay una
resistencia de parte de las autoridades por no llevar a cabo la consulta…
En el caso del lote 116, ha salido a
decir el presidente de la Sociedad Nacional de Hidrocarburos: “en el 2011 salió
la ley de consulta, el contrato es del 2006 y el EIA del 2009, no hay seguridad
jurídica, con una aplicación retroactiva”. Primero hay que recordarles que los
pueblos indígenas también tienen derecho a la seguridad jurídica. En segundo
lugar hay que decir, que el Convenio 169 está vigente desde el año 1995 y la
obligación de consultar no nace con la ley, nace con el Convenio, el cual es de
aplicación inmediata, las normas que reconocen derechos son de aplicación
inmediata, no necesitan una ley de desarrollo legislativo para surtir efecto y
eso no lo digo yo, lo dice el Tribunal Constitucional en la sentencia N° 0022
2009PI en el fundamento 11 y 12.
En consecuencia, todo acto administrativo
y/o normativo, posterior al año 95, que afecta a los pueblos indígenas y no fue
consultado, tiene un vicio de nulidad, de conformidad con el artículo 10.1 de
la Ley general de procedimientos administrativos.
- El lote 192 es un caso emblemático
¿qué lección nos deja?
Para mí un buen ejemplo de lo que
entiende el Estado por consulta, es el proceso de consulta del lote 192,
después de haberlos hecho esperar días viene la ministra y les dice: “mi
propuesta es que 0,75 del precio final por cada barril vaya para ustedes,
tienen dos horas, pero esto es inamovible”, o sea ¿esto es consulta? No
terminamos de entender que la consulta previa es un mecanismo que puede ser muy
útil para armonizar, para compaginar fundamentalmente la política extractiva, el
medio ambiente y los derechos de los pueblos indígenas. No podemos dejar de
reconocer que también hay que proteger la política energética, la política
extractiva, pero esta tiene como límite los derechos de los pueblos indígenas y
la protección del medio ambiente.
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